Ley de los Consejos Comunales promulgada por
Artículo 2: “ Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones en las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”
Vecino, los consejos comunales son órganos de participación comunitaria sin filiación política partidista – todos podemos participar en la búsqueda de soluciones a los problemas de nuestra comunidad.
Tu presencia, voz y voto son importantes en las Asambleas de Ciudadanos
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